2026. Ayudas destinadas a la Administración local de la Comunidad Valenciana para potenciar proyectos de innovación, dentro del plan de impulso Territorios innovadores
Subvenciones destinadas a la Administración local de la Comunitat Valenciana para potenciar proyectos de innovación, dentro del plan de impulso «Territorios innovadores».Objeto La resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2026 de las ayudas establecidas para potenciar proyectos de innovación, dentro del plan de impulso «Territorios innovadores».
Bases reguladoras Orden 2/2023, de 14 de marzo, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital (DOGV 9558 / 21.03.2023), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la Administración local de la Comunitat Valenciana para potenciar proyectos de innovación, dentro del plan de impulso «Territorios innovadores».
Beneficiarios Podrán ser entidades beneficiarias los municipios y mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana, así como organismos públicos y entidades de derecho público vinculados a estas o que dependan de ellas.
Cuantía Existen dos programas:
- Programa I: Programa de apoyo a la ejecución de proyectos de innovación de alto impacto transformador en el municipio.
El importe máximo total del programa es de 2.700.000 euros.
El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 150.000 euros.
- Programa II: Programa de apoyo a proyectos piloto de innovación en el municipio.
El importe máximo total del programa es de 1.300.000 euros.
El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 75.000 euros.
Tipo y cuantía de las ayudas
Las ayudas se estructuran en los dos programas establecidos:
1. Tipo y cuantía de las ayudas del programa I: Programa de apoyo a la ejecución de proyectos de innovación de alto impacto transformador en el municipio.
Este programa se estructura en tres líneas con base en criterio de población: número de habitantes del municipio, considerando como referencia las últimas cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a la fecha de publicación de esta resolución.
– Línea A: municipios con una población desde 50.001 habitantes con un importe máximo de 318.000 euros.
– Línea B: municipios con una población entre 10.001 habitantes y 50.000 habitantes con un importe máximo de 882.000 euros.
– Línea C: municipios con una población hasta 10.000 habitantes con un importe máximo de 1.500.000 euros.
Cuantía de las ayudas: se establecen los siguientes porcentajes de la cuantía de la ayuda con respecto al total de los gastos subvencionables:
– Línea A: el tanto por ciento será el 50 % del gasto subvencionable.
– Línea B: el tanto por ciento será el 75 % del gasto subvencionable.
– Línea C: el tanto por ciento será el 95 % del gasto subvencionable.
El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 150.000 euros.
2. Tipo y cuantía de las ayudas del programa II: Programa de apoyo a proyectos piloto de innovación en el municipio.
Este programa se estructura en tres líneas con base en criterio de población: número de habitantes del municipio considerando como referencia las últimas cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), a la fecha de publicación de esta resolución.
– Línea A: municipios con una población desde 50.001 habitantes con un importe máximo de 210.000 euros.
– Línea B: municipios con una población entre 10.001 habitantes y 50.000 habitantes con un importe máximo de 315.000 euros.
– Línea C: municipios con una población hasta 10.000 habitantes con un importe máximo de 775.000 euros.
Cuantía de las ayudas: se establecen los siguientes porcentajes de la cuantía de la ayuda con respecto al total de los gastos subvencionables:
– Línea A: el tanto por ciento será el 50 % del gasto subvencionable.
– Línea B: el tanto por ciento será el 75 % del gasto subvencionable.
– Línea C: el tanto por ciento será el 95 % del gasto subvencionable.
El importe máximo de la subvención por entidad beneficiaria será de 75.000 euros.
En el caso de mancomunidades de municipios, se tendrá en cuenta la suma de habitantes de los municipios que la componen.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
- El plazo de presentación de solicitudes será desde el 26 de marzo al 14 de abril de 2026.
- Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat correspondiente a este trámite, en la siguiente URL:
- Programa I: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G109655
- Programa II: https://sede.gva.es/es/detall-tramit?id_proc=G109656